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Perdón Legal Migratorio Waiver

Perdón Migratorio – Perdón Legal

Perdón Legal Perdón Migratorio

Perdón Legal Migratorio Waiver

El Perdón Migratorio o Perdón Legal Waiver, es el trámite para que los solicitantes de diferentes tipos de Visa Americana pero que tienen antecedentes previos en los Estados Unidos, puedan arreglar su situación o estatus migratorio y obtener una nueva visa para regresar al país.

Por favor tenga en cuenta que existen dos tipos diferentes de Formularios para el trámite del Perdón Legal Waiver. El Formulario I-212 que es la solicitud de Permiso para regresar a los Estados Unidos, después de un caso de Deportación. Y, por otra parte, está el Formulario -601 que es la solicitud de Perdón (Waiver) para solucionar los casos de diferentes tipos de Inadmisibilidades.

Cada caso particular es diferente. Por esa razón en MEXUS Migración durante su cita de consultoría con un Asesor Migratorio especializado en Perdón Legal Waiver, le brindamos toda la información necesaria y ayuda para comprender los detalles y diferencias de cada formulario, pues las instrucciones para llenarlos correctamente, son bastante complejas y cualquier error puede resultar en el rechazo de su Perdón Legal Waiver.

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FORMULARIO I-212

Solicitud de Permiso para regresar a los Estados Unidos, después de una Deportación

Una vez completo, el Formulario I-212 puede enviarse a dos dependencias distintas: ya sea a la dependencia USCIS (US CITIZENSHIP AND IMMIGRATION SERVICES) o bien, a la dependencia CBP (CUSTOMS AND BORDER PROTECTION), debido a que el proceso y la solicitud son diferentes para Visa de Inmigrante y para Visa de No Inmigrante.

¿Cuándo va dirigido a la dependencia USCIS?

El Formulario I-212 debe enviarse a la dependencia USCIS, cuando usted está aplicando para obtener una Visa de Inmigrante, o bien, algún tipo de Visa de No Inmigrante, pero que posteriormente planea obtener un estatus de Inmigrante.

¿Cuándo va dirigido a la dependencia de CBP?

El Formulario I-212 debe enviarse a la dependencia CBP, cuando usted está aplicando para obtener una Visa de No Inmigrante, o bien, que posteriormente no vaya a obtener algún Estatus de Inmigrante. Por ejemplo:

Visa tipo K (prometido o Fiancé), es una Visa de NO Inmigrante, pero una vez que se aprueba y reciba la Visa, usted continúe con el proceso de ajuste migratorio para convertirse en Inmigrante en los Estados Unidos.

Es importante saber que primero debe conocer las razones de la inadmisibilidad para estar seguros que corresponden a este formulario I-212. No se preocupe, es el agente consular durante una entrevista en el Consulado, quien regularmente le indica que debe usted llenar y enviar el Formulario I-212 dirigido a la dependencia CBP.

FORMULARIO I-601

Solicitud de Perdón (Waiver) por ciertas Inadmisibilidades.

El Formulario I-601 debe enviarse a la dependencia USCIS y regularmente el solicitante debe salir de los Estados Unidos para continuar con el trámite. Esto depende de cada caso particular, pues existen excepciones y diferentes tipos de procedimientos.

De nuevo, el primer paso es identificar el tipo o razón de Inadmisibilidad por el cuál está llenando y presentando el Formulario I-601, pues de acuerdo a las instrucciones de este formulario, existen diferente tipos de Inadmisibilidad, documentos, información y evidencias que debe adjuntar al enviar el Formulario I-601.

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Por la complejidad de los formularios y la seriedad del trámite del Perdón Legal Waiver, es muy importante que usted obtenga asesoría y ayuda profesional en cada paso del trámite, para estar seguro cuál de los dos, o incluso los dos Formularios, y a cuál dependencia se deben enviar para continuar con el seguimiento correcto, hasta obtener su Perdón Legal Migratorio Waiver.

En MEXUS Migración usted encontrará servicios de consultoría completa con total transparencia y seguridad, que le brindará uno de nuestros Asesores o Abogados Migratorios Americanos o mexicanos, para realizar un análisis personalizado, pues cada caso particular resulta ser completamente diferente.

Para agendar una cita de asesoría migratoria, por favor llámanos al 33 2306 9494, escríbanos por WhatsApp al 33 2233 2835 y nuestro equipo de servicio al cliente le ayudará para agendar su consulta.